Medio: El Financiero

El pleno del IFT determinó diferir para noviembre la entrada en vigor de los lineamientos generales porque la SCJN no ha resuelto controversias de diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió en sesión extraordinaria diferir la entrada en vigor de los lineamientos generales sobre los derechos de las audiencias dado que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no ha resuelto las controversias constitucionales al respecto.

Por ello, el instituto consideró pertinente diferir al 16 de noviembre de este año la entrada en vigor de estos lineamientos, sin perjuicio de que pueda revisar la modificación de la fecha en caso de que la Corte haya resuelto este asunto antes del día acordado, señaló en un comunicado.

El retraso no modifica la entrada en vigor de la obligación establecida en el artículo 43 Transitorio del “Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión”, lo que sucederá el próximo 14 de agosto.

“Si bien el IFT sostiene la importancia de la regulación en materia de derechos de audiencias y de su aplicación efectiva, reconoce que persiste la necesidad de contar con elementos suficientes para disipar cualquier duda respecto del apego de los Lineamientos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tomando en cuenta que se encuentra inmerso, desde diversos ángulos, el respeto a los derechos humanos, a la información y a la libertad de expresión”, subrayó en el documento.

El Pleno del IFT aprobó y emitió los Lineamientos el 29 de noviembre de 2016, en tanto que el 1 de febrero de 2017 la Suprema Corteadmitió a trámite dos controversias constitucionales en contra de diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones, específicamente con relación a los Lineamientos.

Por ello, en la misma fecha el IFT emitió el Acuerdo mediante el cual el Pleno del IFT aprobaba diferir la entrada en vigor de los “Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias”, fijando el 16 de agosto de 2017 como la fecha para que dichos lineamientos entraran en vigor.

Cabe recordar que en enero de este año el Senado de la República presentó ante la Corte una de las dos controversias constitucionales contra los lineamientos en pos de las audiencias expedidos por el IFT.

En su controversia los legisladores exponen que la autoridad reguladora se ‘extralimitó’ en sus funciones para publicar los lineamientos, los cuales, en su opinión, vulneran la libertad de expresión de los medios de comunicación. 

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